En resumen: VeriFactu todavía no es obligatorio. El Real Decreto-ley 15/2025 aplazó las fechas: los sistemas de facturación deberán cumplir el 1 de enero de 2027 para las sociedades (Impuesto sobre Sociedades) y el 1 de julio de 2027 para los autónomos (IRPF). Los usuarios del SII quedan excluidos.
¿Es ya obligatoria la factura electrónica con VeriFactu?
No todavía. La Agencia Tributaria amplió el plazo con el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre: las sociedades tienen hasta el 1 de enero de 2027 y el resto de obligados (autónomos y demás contribuyentes de IRPF) hasta el 1 de julio de 2027 (Agencia Tributaria, 2025). Hasta esas fechas puedes seguir facturando con tu sistema actual, pero conviene no dejarlo para el último trimestre.
Cuidado con una confusión habitual: VeriFactu (el sistema antifraude que regula cómo tu programa genera y guarda cada factura) no es lo mismo que la factura electrónica B2B entre empresas de la Ley Crea y Crece, que todavía espera su reglamento. Esta guía trata de VeriFactu, que es lo que afecta antes a la mayoría de los oficios.
Calendario VeriFactu: ¿quién cumple y cuándo?
| Contribuyente | Fecha límite | Detalle |
|---|---|---|
| Sociedades (Impuesto sobre Sociedades) | 1 de enero de 2027 | Sistema adaptado y certificado |
| Autónomos y demás (IRPF) | 1 de julio de 2027 | Incluye estimación directa y módulos |
| Usuarios del SII | Excluidos | Ya informan a la AEAT casi en tiempo real |
Fuente: Agencia Tributaria, 2025.
¿Qué es VeriFactu y qué te exige?
VeriFactu obliga a que el programa con el que emites facturas cumpla unos requisitos de seguridad y trazabilidad. En la práctica, cada factura debe llevar:
- Una huella digital encadenada, que enlaza cada registro con el anterior para que no se pueda borrar ni modificar sin dejar rastro.
- Un código QR que el cliente puede escanear para verificarla.
- La posibilidad de enviar el registro a la AEAT de forma automática (modo Veri*Factu) o de conservarlo firmado.
Además, el software debe estar certificado y no permitir el llamado software de doble uso, es decir los programas de ocultación de ventas.
Veri*Factu o no verificable: los dos modos
La norma permite dos formas de cumplir. En el modo Veri*Factu, tu programa envía automáticamente cada registro de facturación a la AEAT en el momento de emitir; a cambio tienes menos obligaciones de conservación y la factura lleva una leyenda que confirma el envío. En el modo no verificable no envías en tiempo real, pero el sistema debe firmar y encadenar los registros y conservarlos íntegros a disposición de Hacienda. Para la mayoría de los autónomos de oficios, el modo Veri*Factu suele ser el más cómodo porque delega la custodia en la Agencia.
¿Cómo saber si tu programa cumple?
El fabricante del software debe emitir una declaración responsable de que su producto cumple el reglamento. Si usas una herramienta en la nube, normalmente se actualiza sola antes del plazo; si usas un programa instalado en el ordenador, tendrás que confirmar que existe una versión adaptada. Pregúntalo ahora, no en junio de 2027: cambiar de sistema a última hora, con obras abiertas y clientes esperando su factura, es la peor forma de hacerlo.
¿Qué debe hacer ahora un autónomo de un oficio?
Si eres fontanero, electricista, carpintero o pintor y hoy haces las facturas en Word, Excel o a mano, ese es justo el escenario que VeriFactu quiere eliminar, porque son documentos manipulables. El paso lógico es pasar a una herramienta que genere registros conformes antes de julio de 2027. Muchos autónomos ya facturan desde el móvil dictando por voz; con BelfAI, por ejemplo, se crea el presupuesto y la factura hablando, pero cualquier programa sirve mientras esté adaptado a VeriFactu.
Tu plan en tres pasos
- Comprueba si estás en el SII: si es así, VeriFactu no te aplica.
- Pregunta a tu proveedor de facturación si su programa estará certificado y adaptado a tiempo.
- Deja de emitir facturas en Word o Excel y prueba el sistema conforme durante 2026, para llegar al plazo con todo rodado.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que usar VeriFactu ya en 2026?
No es obligatorio. La obligación empieza el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos. Antes puedes adoptarlo de forma voluntaria.
¿VeriFactu afecta a los autónomos en estimación directa o módulos?
Sí, salvo que estés en el SII. La fecha para los autónomos de IRPF es el 1 de julio de 2027.
¿Qué pasa si sigo facturando en Excel después del plazo?
Dejaría de ser válido: el programa debe estar certificado y generar registros inalterables. Facturar con hojas de cálculo manipulables puede acarrear sanciones.
¿VeriFactu es lo mismo que la factura electrónica obligatoria entre empresas?
No. La factura electrónica B2B de la Ley Crea y Crece va por otra vía y aún depende de su reglamento. VeriFactu regula cómo tu software registra cada factura.
¿Los que ya usan el SII tienen que hacer algo?
No. Los usuarios del Suministro Inmediato de Información quedan excluidos de VeriFactu porque ya informan a la AEAT casi en tiempo real.
¿Puede sancionarme Hacienda por usar un programa no adaptado?
Sí. La normativa prevé sanciones tanto para quien fabrica como para quien usa sistemas que no cumplan los requisitos, así que conviene confirmar con tu proveedor que el programa estará certificado a tiempo.